sábado, 3 de diciembre de 2011

Preguntas que siempre nos hacemos

Eva May’T Tejeda Ramírez
R.D. Sufrirá alguna alteración el estado parcelario? Los pisos de la edificación en los terrenos registrados pueden pertenecer a distintos propietarios? A nombre de quien se emite el Certificado de Titulo?. Primero: en el condominio, no hay alteración del estado parcelario (no hay variación ni de la ubicación, ni de los límites de la parcela), la parcela sigue intacta. La parcela nunca deja de existir, simplemente subyace sirviendo de soporte al régimen. Segundo: los diferentes pisos de una edificación ubicada en terrenos registrados no pueden pertenecer a distintos propietarios, si no están afectados a este régimen. (Art. 100 ley 108-05, párrafo sexto). Tercero: el Certificado de Título, y su correspondiente RC, se emiten a nombre del consorcio de propietarios por el terreno, sobre el que se inscribe un bloqueo registral. (Art. 100 Ley 108-05, párrafo 8). Es decir que para cada condómine se emite un Certificado de Título que identifique la unidad exclusiva, la participación sobre las partes comunes y el terreno, y el número de votos que le corresponde a cada titular en las asambleas de condómines.

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